La Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley de Glaciares que introduce modificaciones relevantes en el régimen de protección ambiental vigente, con impacto directo en el desarrollo de proyectos mineros en la región andina.
La iniciativa, impulsada por el gobierno del presidente Javier Milei, apunta a redefinir los alcances de las restricciones sobre zonas periglaciares, uno de los puntos más debatidos desde la sanción original de la norma en 2010.
La reforma establece una delimitación más precisa de las áreas protegidas, diferenciando con mayor claridad entre glaciares activos y ambientes periglaciares. En este sentido, se introduce un criterio técnico que restringe las prohibiciones estrictas únicamente a los cuerpos de hielo considerados estratégicos como reservas hídricas.
Asimismo, se prevé la posibilidad de desarrollar actividades productivas —incluida la minería— en zonas periglaciares, siempre que se cumplan condiciones ambientales específicas y se aprueben estudios de impacto ambiental con estándares reforzados.
Este punto representa un cambio sustancial respecto del esquema anterior, que en la práctica implicaba restricciones amplias que limitaban la viabilidad de diversos proyectos en etapas avanzadas de exploración.
Impacto en la industria minera
Desde el sector minero, la modificación es interpretada como una señal de previsibilidad normativa y una oportunidad para reactivar inversiones en la cordillera de los Andes, particularmente en provincias con alto potencial geológico como San Juan, Catamarca y Mendoza.
Reforma de la Ley de Glaciares: nuevo escenario para la actividad minera en la cordillera